Derecho Laboral Francia 2025 | Contratos, Despido, URSSAF, Convenios | BleuLex Law

Derecho Laboral Francia 2025 | Contratos, Despido, URSSAF, Convenios

Derecho laboral francés: contratos CDI/CDD, despido procedimiento, cotizaciones URSSAF, convenios colectivos. Asistencia completa para empleadores y empleados.

8 Mis à jour : Décembre 2025

En résumé : Derecho laboral francés muy protector: CDI norma, CDD estrictamente regulado. Cotizaciones ~45% empleador + ~22% empleado. Convenios colectivos obligatorios. Despido: procedimiento estricto, indemnizaciones. 35h/semana legal. URSSAF gestiona cotizaciones sociales. Asistencia experta esencial.

Derecho laboral en Francia

El derecho laboral francés, codificado en el Code du Travail (más de 3.000 páginas), es uno de los más protectores del mundo para los empleados. El marco es complejo y requiere asesoramiento experto tanto para empleadores como para empleados.

Tipos de contratos de trabajo

Contrato Duración Uso Fin
CDI Indefinida Contrato de derecho común Despido, dimisión, jubilación, ruptura convencional
CDD Determinada (máx 18 meses) Reemplazo, aumento temporal, estacional Término del contrato, prima de precariedad 10%
CTT Misión temporal Vía agencia de trabajo temporal Fin de misión, prima precariedad 10%
Aprendizaje 1-3 años Formación alternada (16-29 años) Término, posible CDI

Cotizaciones sociales (URSSAF)

Las cotizaciones sociales financian el sistema de protección social francés:

Cotización Empleador Empleado Total
Seguridad social ~13% ~0,4% ~13,4%
Desempleo ~4,05% 0% ~4,05%
Jubilación base ~8,55% ~6,9% ~15,45%
Jubilación complementaria ~4,72% ~3,15% ~7,87%
Otros ~14% ~12% ~26%
TOTAL ~45% ~22% ~67%

Ejemplo: Salario bruto 3.000€ → Coste empleador ~4.350€, Salario neto ~2.340€

Convenios colectivos

Los convenios colectivos complementan el Code du Travail con reglas específicas:

  • Niveles: Nacional interprofesional, rama (sector), empresa
  • Contenido: Clasificación profesional, salarios mínimos, primas, duración trabajo, formación, preaviso, indemnizaciones
  • Aplicación: Obligatoria según la actividad principal de la empresa (código NAF/APE)
  • Extensión: Muchos convenios son extendidos (obligatorios para todas las empresas del sector)
  • Ejemplos: Convenio Metalurgia, Comercio, Transporte, Hostelería, Servicios, Construcción

Procedimiento de despido

El despido en CDI requiere un procedimiento estricto:

  1. Motivo real y serio: Personal (insuficiencia profesional, falta) o económico (dificultades económicas, reorganización)
  2. Convocatoria entrevista previa: Carta recomendada con AR, plazo mínimo 5 días hábiles
  3. Entrevista previa: Exposición de motivos, derecho de defensa del empleado
  4. Notificación de despido: Carta recomendada motivada, plazo mínimo 2 días hábiles tras entrevista
  5. Preaviso: Duración según antigüedad y convenio (1-3 meses generalmente)
  6. Indemnización legal: Mínimo 1/4 mes por año (años 1-10), 1/3 mes por año (años 11+)
  7. Documentos de fin de contrato: Certificado de trabajo, recibo por saldo de cualquier cuenta, certificado Pôle Emploi

Duración del trabajo

  • Duración legal: 35 horas/semana (base de cálculo de horas extras, no máximo)
  • Horas extras: Mayoración 25% (horas 1-8), 50% (horas 9+), contingente anual 220h
  • Duración máxima: 10h/día, 48h/semana, 44h promedio sobre 12 semanas
  • Descanso: Mínimo 11h consecutivas/día, 35h consecutivas/semana
  • RTT: Reducción del tiempo de trabajo (días libres compensatorios si duración > 35h)

¿Por qué asesoramiento en derecho laboral?

  • Complejidad extrema: Code du Travail + convenios + jurisprudencia
  • Riesgos elevados: Despido sin causa real y seria = indemnizaciones importantes
  • Controles URSSAF: Regularizaciones, penalidades en caso de error
  • Prud'hommes: Tribunal laboral muy favorable al empleado
  • Prevención conflictos: Redacción contratos, reglamento interior, procedimientos

Questions Fréquentes

CDI (contrato indefinido): norma, sin duración limitada. CDD (contrato temporal): duración determinada, estrictamente regulado (18 meses máximo salvo excepciones). CTT (trabajo temporal): vía agencia, mismas reglas CDD. Contrato de aprendizaje/profesionalización: formación alternada.

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