Sociedad Holding Francia 2025 | Régimen Matriz-Filial, Integración Fiscal
Cree su holding en Francia. Régimen matriz-filial (95% exentos), plusvalías títulos en nicho fiscal, integración fiscal. Estructura óptima para grupos de sociedades.
En résumé : Francia ofrece un régimen holding atractivo con el régimen matriz-filial permitiendo una exención del 95% de los dividendos recibidos, las plusvalías largo plazo casi exentas (12% de cuota-parte), y la integración fiscal para los grupos. Una red de 120+ convenios fiscales y la directiva matriz-filial UE completan este marco.
El régimen holding francés
Francia ofrece un marco fiscal atractivo para las sociedades holding, particularmente para las estructuras de grupo. El régimen matriz-filial y el régimen de plusvalías largo plazo permiten una optimización fiscal significativa sobre los ingresos de participaciones.
Régimen matriz-filial: exención de dividendos
El régimen matriz-filial (artículo 145 y 216 del CGI) permite una exención del 95% de los dividendos recibidos de filiales. Condiciones a cumplir:
- Umbral de participación: 5% mínimo del capital de la filial
- Forma de los títulos: Títulos de participación (nominativos o al portador)
- Compromiso de conservación: 2 años mínimo
- Cuota-parte de gastos y cargas: 5% reintegrados al resultado imponible
Resultado: Tasa efectiva de imposición sobre dividendos del 1,25% (5% × 25% IS).
Plusvalías sobre títulos de participación
Las plusvalías realizadas sobre títulos de participación mantenidos más de 2 años se benefician del régimen largo plazo:
- Exención: 88% de la plusvalía exenta
- Cuota-parte de gastos y cargas: 12% reintegrados y gravados con el IS
- Tasa efectiva: 3% de imposición (12% × 25%)
Para los títulos mantenidos menos de 2 años, la plusvalía se grava a la tasa normal del IS (25%).
Integración fiscal (régimen de grupo)
La integración fiscal (artículos 223 A y siguientes del CGI) permite consolidar los resultados fiscales:
- Umbral de tenencia: 95% mínimo (capital y derechos de voto)
- Perímetro: Sociedad matriz + filiales francesas mantenidas al 95%+
- Ventaja: Compensación de beneficios y déficits entre sociedades
- Neutralización: Eliminación de flujos intragrupo (dividendos, plusvalías)
Red de convenios fiscales
Francia ha concluido más de 120 convenios fiscales, permitiendo:
- Reducir las retenciones en origen sobre dividendos entrantes (a menudo 5-15%)
- Evitar la doble imposición de ingresos
- Asegurar los flujos financieros internacionales
Directiva matriz-filial UE
Los dividendos distribuidos por una filial francesa a una sociedad matriz UE se benefician de una exención total de retención en origen si:
- Participación ≥ 5% (o 10% según convenios)
- Tenencia de 2 años mínimo
- La sociedad matriz está sujeta al IS en su país
Estructuración de una holding francesa
| Criterio | SAS Holding | SA Holding | SARL Holding |
|---|---|---|---|
| Capital mínimo | 1€ | 37.000€ | 1€ |
| Flexibilidad estatutaria | Muy elevada | Regulada | Limitada |
| Régimen social dirigente | Asimilado-asalariado | Asimilado-asalariado | TNS (gerente mayoritario) |
| Levantamiento de fondos | Facilitado | Facilitado | Difícil |
| Ideal para | Startups, grupos dinámicos | Grandes grupos, cotizadas | Holdings familiares |
¿Por qué una holding francesa?
- Optimización fiscal: Régimen matriz-filial 95%, plusvalías 12%, integración fiscal
- Flexibilidad: Múltiples formas jurídicas adaptadas
- Red europea: Directiva matriz-filial, acceso al mercado único
- Tratados fiscales: 120+ convenios para planificación internacional
- Estabilidad jurídica: Marco regulatorio claro y previsible
Questions Fréquentes
El régimen matriz-filial permite una exención del 95% de los dividendos recibidos de filiales (cuota-parte de gastos del 5% reintegrada). Condiciones: participación de al menos 5% del capital, tenencia durante 2 años mínimo, y compromiso de conservación de los títulos.
Las plusvalías sobre títulos de participación mantenidos más de 2 años se benefician del régimen largo plazo: exención al 88% (cuota-parte de gastos y cargas del 12%). Para los títulos mantenidos menos de 2 años, tributación a la tasa normal del IS (25%).
La integración fiscal permite a un grupo consolidar los resultados fiscales de las sociedades miembros (tenencia ≥ 95%). Los beneficios y déficits se compensan, optimizando la carga fiscal global. La sociedad matriz es la única responsable del IS.
La SAS es a menudo privilegiada por su flexibilidad y su régimen social del dirigente (asimilado-asalariado). La SA conviene a estructuras más importantes o cotizadas. La SARL puede convenir para una holding familiar. Todas se benefician del régimen matriz-filial.
El gravamen forfaitario único (PFU) es del 30% para las personas físicas residentes. Para las sociedades UE, exención total vía la directiva matriz-filial (participación ≥ 5%, tenencia 2 años). Los convenios fiscales reducen las tasas para los no residentes (0-15%).
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